
Herencias y testamentos
Una correcta planificación de la herencia y del testamento es importante para asegurar que tus bienes se repartan según tus deseos, evitando así conflictos familiares innecesarios.
Te ayudamos a que te cueste menos heredar
Ofrecemos asesoramiento integral en la redacción de testamentos claros y legalmente válidos, así como el nombramiento de un Albacea para una buena gestión eficiente de la herencia.
Nos enfocamos en aspectos esenciales como la inclusión de cláusulas que faciliten el pago de impuestos sucesorios, la comprensión de las implicaciones fiscales en la declaración de la renta, y la prevención de posibles disputas legales entre herederos. Nuestro objetivo es brindarte tranquilidad y seguridad en la planificación de tu legado, asegurando que cada detalle sea manejado con la máxima profesionalidad y discreción.
Tabla de contenidos
Trámites tras el fallecimiento de una persona
Documentación necesaria para tramitar la herencia
Cuando fallece una persona, orientamos a los herederos los pasos que hay que realizar, como es la obtención de la certificación literal de defunción, la solicitud del certificado de las últimas voluntades y del certificado de seguros de cobertura de fallecimiento no antes que transcurran 15 días desde el fallecimiento, donde se puede solicitar y modelo de la tasa que hay que satisfacer. Y se les indica que tienen un nplazo de seis meses para tramitar la Liquidación del impuesto de sucesiones.
El Certificado de Actos de Última Voluntad es el documento que acredita si una persona ha otorgado testamento y ante qué Notario. De esta forma, las personas a quien pueda corresponder algún derecho hereditario podrán dirigirse al Notario o Notaria autorizante del último testamento y obtener una copia (autorizada) del mismo. Este documento se precisa para la realización de cualquier acto sucesorio.
¿Qué pasa si no se hace la declaratoria de herederos?
No efectuar el trámite en plazo puede acarrear otro tipo de problemas legales como la demanda de otros herederos o las sanciones correspondientes al no pagar el impuesto de sucesiones.
Testamentos
¿Quieres que se cumpla tu voluntad?
Si no has hecho testamento, te orientamos para realizar testamento que recoja la ultima voluntad del titular sobre el destino de sus bienes, te aconsejamos la mejor opción para tu caso.
Desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria todo testamento debe acabar siendo notarial.
Tipos de testamento
- El testamento abierto notarial es el mas habitual de todos los testamentos, realizado en escritura publica y dotado de fuerza probatoria y ejecutiva. Asegura que la voluntad el testador ha sido manifestada libre y conscientemente.
- Testamento Oral es cuando una persona en peligro de muerte o en caso de epidemia, otorga testamento de manera verbal ante testigos.
- Testamento Ológrafo es aquel en el que una persona mayor de edad expresa su otorgamiento de su puño y letra, sin acudir al notario.
- Testamento Cerrado es de contenido secreto, cuando el testador, sin revelar su última voluntad, declara al notario que el pliego que presenta contiene testamento.
Declaración de herederos abintestato
Si no otorgo testamento
Para determinar quienes tienen derecho a la herencia de una persona fallecida, en caso de que esta no hubiera hecho testamento, es necesario realizar una «declaración de herederos abintestato», por la que se determina, según los criterios establecidos por la Ley, quiénes son los herederos. Se incluye a las parejas de hecho si tienen derechos sucesorios conforme a Ley.
La declaración de herederos abintestato es un documento legal que establece quiénes son los herederos de una persona que falleció sin testamento y también es necesario formalizar un Acta de Notoriedad de Declaración de Herederos.
Si otorgo testamento
Obtener una copia autorizada del testamento
En ambos casos, Nosotros te informamos si es más beneficioso hacer una manifestación de herencia que una partición de herencia, obtendrás un ahorro considerable.
También nos encargamos de obtener todos los documentos necesarios para acreditar los bienes del causante y poder liquidar la herencia.
El plazo para pagar el impuesto de Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento, si bien, podríamos solicitar la prórroga si fuese necesario.
Aceptación de herencia a beneficio de inventario
Cuando una persona recibe una herencia tiene dos opciones al acudir al notario; aceptarla o renunciar a ella.
Y si la acepta, también tiene otras dos opciones, aceptarla pura y simple o aceptarla a beneficio de inventario.
En caso de aceptación pura y simple los herederos no solo reciben los bienes, sino que también deben responder con su propio patrimonio de las deudas o cargas del fallecido en el caso de que las tuviera, mientras que en una herencia aceptada a beneficio de inventario esa deudas o cargas se cubrirán única y exclusivamente con los bienes de la propia herencia sin afectar al patrimonio de quienes la reciban.
Albacea y contador partidor
El albacea es una persona que el testador puede designar en su testamento para que vele por el cumplimiento de su voluntad. Por su parte, si en el testamento nombra un contador-partidor, esta persona se ocupará de repartir la herencia según los deseos del fallecido.